Desde el extranjero se percibe a la población perteneciente a los países del sur de Europa como excesivamente ruidosa, propensa a la vida callejera (cuestiones del clima, supongo), y en general, desorganizada, cortoplacista y poco eficiente.
¿Son tópicos alimentados por la cultura protestante, en ocasiones quizá excesivamente condescendiente?
Una cosa está clara, Bruselas ha dado muestras de lo que poco que le gusta cómo se gestiona (o mejor dicho, cómo NO se gestiona) la calidad del aire y el ruido en Madrid y Barcelona a través de propuestas de sanciones. Un poco de contexto nos ayudará a pensar que su paciencia no tiene porqué ser infinta: La Unión Europea exige a todos los estados miembros de la unión mapas de contaminación acústica y planes de acción para mitigar los posibles daños a la salud de las personas expuestas a la misma. En Septiembre 2016 emitió un aviso que no debió llegar muy lejos, y otro en Febrero de 2018, al ver que quizá con tanto ruido, nos habíamos quedado sordos y no habíamos entendido el mensaje. En 2019
A todo ésto, El Excelentísimo Ayuntamiento de Madrid ya había aprobado con toda pompa y ceremonia, en el año 2011, la “Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT), que supone la adaptación de la norma local al marco jurídico estatal, establecido por la Ley 37/2003 y por los reales decretos que la desarrollan“. Es decir, habían dicho formalmente a la sociedad que “está feo hacer ruido”, habían publicado una buena cantidad de tablas, márgenes, condiciones, ámbitos, excepciones, autorizaciones, licencias, actuaciones, categorías, y departamentos y había establecido los límites que se consideran dentro del marco jurídico, pero no había ninguna acción para intervenir aquellas zonas donde la emisión de ruido estuviera por encima de dichos límites. Lo del dedo y la Luna. Pura burocracia.
Así que, a la vista de que las tragaderas del Parlamento Europeo son más reducidas que las nuestras, en 2019
Juristas contra el Ruido, una asociación,